Además de los bienes que trajo consigo en su viaje desde Alemania, Austria y los Países Bajos y que reimporta como los llamados bienes de retorno, los siguientes bienes permanecen exentos de derechos de importación como recuerdos, siempre que los importe exclusivamente para uso personal o como regalo:
Productos de tabaco
Si tiene al menos 17 años:
200 cigarrillos o
100 puritos o
50 puros o
250 g de tabaco para fumar o una parte de los productos del tabaco.
Alcohol y bebidas que contienen alcohol
Si tiene al menos 17 años:
1 l de bebida espirituosa con un contenido de alcohol superior al 22% vol. o
1 l de alcohol etílico sin desnaturalizar con un contenido de alcohol del 80% vol. o más o
2 l de alcohol y bebidas alcohólicas con un contenido de alcohol de hasta 22% vol.
o una combinación proporcionada de estos productos y
4 l de vinos no espumosos
16 litros de cerveza.
droga
El monto correspondiente a las necesidades personales del viajero.
Otros bienes / souvenirs
Las mercancías con un valor total de hasta 430 € están exentas de derechos de importación. Para los pasajeros menores de 15 años, la franquicia se establece en 175 €, independientemente del modo de transporte elegido; Se excluyen de esto las aleaciones de oro y los chapados en estado bruto o semiacabado.
Las siguientes regulaciones se aplican a Austria:
Libre circulación de mercancías en la UE, pero con la excepción de los productos del tabaco de los países de la UE:
Está prohibido traer productos de tabaco comprados en el extranjero y en los que los avisos de advertencia no cumplan con las disposiciones de esta ley (avisos de advertencia en alemán) a Austria en las siguientes cantidades:
200 cigarrillos o
100 puritos (no más de 3 g de peso unitario) o
50 puros o
250 g de tabaco para fumar o
una combinación proporcional de estos productos hasta un máximo de 250 g.
Sujeto a cambios. Información proporcionada sin garantía.